Este viernes 20 de junio de 2025 se ha publicado en el diario “El Peruano” el Decreto Supremo N.° 010-2025-JUS que aprueba la política nacional contra el lavado de activos elaborado por el Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), en coordinación con el Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONTRALAFT), órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS).
Tras los informes y las mesas multidisciplinarios entre entidades públicas y privadas con el fin de coadyuvar a la actualización de los objetivos prioritarios al 2030 para enfrentar al delito de lavado de activos, la aprobación de la Política Nacional contra el Lavado de Activos (PNCLA) al 2030 se convierte en un instrumento rector para combatir el delito de lavado de activos en el Perú. Asimismo, se presenta la necesidad de un trabajo conjunto entre entidades públicas y privadas, conforme al artículo 3° del decreto supremo en comentario. Para tal efecto, dichas entidades deberán coordinar permanentemente con la Secretaria Técnica de la CONTRALAFT, la cual recae sobre la Unidad de Inteligencia Financiera.
En vista de ello, se advierte el trabajo interinstitucional que se busca preservar en la lucha contra el delito de lavado de activos, puesto que no solo refuerza las medidas para estos desafíos, sino que define los contornos del fenómeno del delito de lavado de activos, por lo que la respuesta preventiva y represiva centra su enfoque de atención al verdadero sentido de este fenómeno criminal que afecta a nuestros agentes económicos.
De ese modo, el resumen ejecutivo de la Política Nacional contra el Lavado de Activos al 2030 precisa que su objetivo es:
“La PNCLA al 2030 tiene como meta principal combatir la afectación socioeconómica de los ciudadanos y agentes económicos por el ingreso de activos provenientes de actividades criminales a la economía, a través de la reducción del comportamiento susceptible de constituir un acto de lavado en la población, la mejora de los sistemas de prevención del lavado de activos con un enfoque basado en riesgo por parte de los sujetos obligados, el fortalecimiento de la capacidad del Estado para combatir el lavado de activos y la mejora de la coordinación intrainstitucional, interinstitucional y entre el Estado, el sector privado y la sociedad civil en la lucha contra LA.”
En virtud de ello, el PNCLA al 2023 presenta como problema público a la “incidencia del lavado de activos que afecta socioeconómicamente a ciudadanos y agentes económicos”, para ello, su diagnóstico ha definido conceptos claves concernientes a la definición del delito de lavado de activos, activos ilícitos, actividades criminales, agentes económicos y a los derechos socioeconómicos.
Las 04 causas primarias que se presentan en el árbol de problemas de la PNCLA al 2023 son las siguientes:
- CAUSA PRIMARIA 1: Existencia de informalidad en la economía como factor riesgo de lavado de activos. –
La informalidad económica es un factor clave que impulsa la expansión del lavado de activos (LA). Las prácticas de lavado de dinero en estos entornos han desarrollado métodos muy efectivos para introducir capitales ilícitos en la economía y crear nuevas rutas para su circulación. Los sistemas económicos informales ofrecen un amplio abanico de oportunidades para los lavadores de activos, permitiéndoles mezclarse con facilidad y bajo riesgo entre los grandes sectores informales que operan en el país.
Para ello, se postulan alternativas de solución dirigidas a desarrollar actividades educativas para fortalecer las capacidades financieras y combatir la informalidad como factor de riesgo de lavado de activos y fomentar la concientización sobre los daños que produce el lavado de activos en los sujetos obligados y los clientes.
- CAUSA PRIMARIA 2: Deficiente prevención de lavado de activos por parte de los sujetos obligados. –
La deficiente implementación de los sistemas de prevención de lavado de activos (LA) por parte de las entidades obligadas crea un entorno favorable para que los criminales utilicen tanto a estas entidades como a los sectores donde operan para cometer actos de lavado de activos sin ser detectados. Esta situación resulta en un incremento significativo de la comisión de este delito en el país.
Para ello, se postula alternativas de solución dirigidas a profundizar la comprensión de los riesgos de lavado de activos en los sujetos obligados y el diseño de herramientas que ayuden a fortalecer la implementación del sistema de prevención de lavado de activos con un Enfoque Basado en Riesgos (EBR).
- CAUSA PRIMARIA 3: Debilidad del Estado para combatir el lavado de activos. –
La debilidad actual del Estado peruano es un factor determinante en la proliferación del lavado de activos en el país. Esto se evidencia en una deficiente regulación y supervisión para prevenir el lavado de activos, controles inadecuados para el transporte de dinero ilícito y una limitada eficacia del sistema de justicia para perseguir y sancionar este delito.
Para ello, se postulan alternativas de solución dirigidas a generar un marco normativo para regular los proveedores de servicios de activos virtuales, potenciar y/o diseñar supervisión con un Enfoque Basado en Riesgos (sectores de valores, casinos y tragamonedas, abogados, contadores y remesas postales), fortalecer los controles en zonas de alto riesgo (frontera, puerto, aeropuertos, etc.) para evitar el transporte de dinero en efectivo de origen ilícito, capacitar a fiscales y jueces en casos de la en materia de prueba indiciaria y manejo de audiencias, fortalecer con mayores recursos humanos, debidamente capacitados, recursos físicos (equipamiento) y tecnológicos la atención a nivel judicial de casos de lavado de activos, etc.
- CAUSA PRIMARIA 4: Insuficiente articulación y participación entre el Estado, el sector privado y la sociedad civil en la lucha contra LA. –
La falta de coordinación, articulación e intercambio de información entre las entidades pertinentes es un factor crucial que los delincuentes explotan para integrar activos ilícitos en la economía, lo que a su vez incrementa los casos de lavado de activos en el país. Estas deficiencias se manifiestan en la escasa comunicación de bienes ilícitos al subsistema fiscal de extinción de dominio, una limitada interoperabilidad de sistemas que impide el flujo de información crítica, la escasa disponibilidad de datos por parte de las entidades para comprender el lavado de activos y el limitado conocimiento público sobre las consecuencias de este delito.
Para ello, se postulan alternativas de solución dirigidas a optimizar los mecanismos de comunicación de los bienes ilícitos detectados hacia el sistema de extinción de dominio, fomentar la interoperabilidad de los sistemas de información referida a lavado de activos entre las entidades del sistema y diseñar sistemas de información para mejorar la comprensión del lavado de activos.
Además, se han formulado 04 objetivos prioritarios que reduzcan los índices desfavorables en el combate contra el lavado de activos:
- Reducir el comportamiento susceptible de constituir un acto de lavado de activos en la población.
- Mejorar la implementación de los sistemas de prevención del lavado de activos con enfoque basado en riesgo por parte de los sujetos obligados.
- Fortalecer la capacidad del Estado para combatir el lavado de activos.
- Mejorar la coordinación intrainstitucional, interinstitucional y entre el Estado, el sector privado y la sociedad civil en la lucha contra lavado de activos.
Finalmente, el seguimiento y evaluación estará a cargo de la CONTRALAFT, a través de su Secretaria Técnica a cargo de la Unidad de Inteligencia Financiera, por lo que elaborará reportes anuales para remitirlo al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) en materia de seguimiento y evaluación de políticas nacionales, asimismo, la Secretaría Técnica del CONTRALAFT (UIF) deberá emitir informes de evaluación cada dos años, así como un reporte de cumplimiento dentro de los lineamientos establecidos por el CEPLAN.